|
CURSOS
DE |
||||||
|
¿QUE ES LA FORMACION CONTINUA? Son acciones formativas para que los trabajadores de su empresa puedan mejorar su preparación en aquello que más necesite. Sus trabajadores son su principal activo para competir con éxito en su entorno empresarial. BENEFICIARIOS DE LA FORMACIÓN CONTINUA: Se
pueden beneficiar todas las Empresas radicadas en el territorio del
Estado español, cualquiera que sea su tamaño. Deben desarrollar formación
para su trabajadores y cotizar por la contingencia de formación profesional. Se
pueden beneficiar los siguientes trabajadores:
¿QUÉ AYUDAS TIENE LA EMPRESA PARA FORMAR A SUS TRABAJADORES? Las
empresas que realicen formación para sus trabajadores y que coticen
por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social disponen
de un Crédito de Formación Continua. El
Crédito de formación es la cantidad de que dispone cada empresa para
financiar, con cargo a las bonificaciones de la Seguridad Social, las
acciones formativas (cursos). ¿CÓMO
SE CALCULA EL CRÉDITO DE UNA EMPRESA? Se
calcula aplicando, a la cuantía ingresada por la empresa en concepto
de cuota de Formación Profesional durante el año natural anterior, el
porcentaje de bonificación que se establezca en la Ley de Presupuestos
Generales del Estado en función del tamaño de las empresas. Este porcentaje
se establece de la siguiente forma para el año 2005:
Las
empresas de 1 a 5 trabajadores tendrán un crédito establecido de 420€
por empresa. Las
empresas que abran nuevos centros de trabajo y aquellas de nueva creación
tendrán una bonificación media por trabajador de: 65 €.
¿CÓMO SE APLICAN LAS BONIFICACIONES? Las
bonificaciones se aplicarán en el Boletín de Cotización del mes siguiente
al que finaliza la formación o, en todo caso, con anterioridad a la fecha
en que finaliza el plazo de presentación del Boletín de Cotización correspondiente
al mes de diciembre del mismo año. (Ej. Finalización de cursos en marzo
de 2005, se aplica la bonificación en el Boletín de abril o como máximo
en el de diciembre de 2005). ¿PUEDE UNA EMPRESA AGRUPARSE CON OTRAS EMPRESAS Y/O EMPRESARIOS PARA HACER UN PROGRAMA CONJUNTO DE FORMACIÓN? Si.
Además, una de las empresas puede asumir un papel de organizar la formación
o se puede acudir a una Entidad especializada en organizar o impartir
información. En
cualquier de los casos, los trámites administrativos de comunicar el inicio
y finalización de los acciones de formación, pueden ser realizados por
la que organice la formación. ¿QUÉ SERVICIO LE OFRECE LA ACADEMIA LANT? La
Academia Lant se dedica a realizar todos los trámites necesarios para
poder utilizar su crédito: Alta en la aplicación informática de la Fundación
Tripartita para la Formación en el Empleo. Comunicaciones y notificaciones
necesarias para la realización de los cursos solicitados por los trabajadores
de su empresa. Gestión del crédito para la formación continua. Asesoramiento
para la deducción del coste por formación de los seguros sociales de su
empresa. ¿QUÉ ACCIONES FORMATIVAS ME OFRECE LANT? |
||||||
| |
||||||
|
|
|
|
||||